La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) está enviando notificaciones para regularizar las bases de cotización y cuotas de autónomos del año 2024, que hasta ahora eran provisionales. Para realizar esa regularización, la TGSS utiliza los datos proporcionados por la Administración Tributaria.
En la práctica, el proceso consiste en comparar:
- lo que cotizaste en 2024 (según el tramo/base que elegiste)
- lo que te correspondería cotizar una vez conocidos tus rendimientos computables del año.
Qué significa regularizar y por qué te llega ahora
Durante 2024 cotizaste “a cuenta”, porque tu base se eligió en función de una previsión. Al cerrarse el ejercicio y cruzarse datos fiscales, la TGSS fija una base definitiva para 2024 y recalcula las cuotas del año. Si hay diferencia, se ajusta.
Los 3 resultados posibles de la regularización (lo que puede pasarte)
A) Te quedas como estás
Si tu base provisional de 2024 encaja con la base que te corresponde por tus rendimientos computables, no hay diferencias. No pagas más y no te devuelven nada.
B) Has cotizado de más: devolución de lo pagado de más
Si tu cotización provisional fue superior a la que correspondía, el resultado será un saldo a tu favor. La regularización se traduce en devolución/ajuste por la diferencia.
OJO: Existe la opción de quedarte como estás y no pedir la devolución. Y cotizas por el importe que pagaste en el 2024
C) Has cotizado de menos: pago de la diferencia
Si la TGSS comprueba que tu cotización en 2024 fue inferior a la que correspondía, te indicará un importe a ingresar y un plazo de pago. En la propia carta se expresa literalmente que “es necesario que ingreses las diferencias mediante el documento de pago que se adjunta”.
Cómo leer la carta: 4 datos que debes localizar
En casi todas las resoluciones aparecen estos puntos:
- Base de cotización definitiva 2024 (la que te corresponde según rendimientos computables).
- Promedio de bases provisionales 2024 (lo que realmente venías cotizando de media).
- Resultado de la regularización (a ingresar o a tu favor) y, a veces, un desglose mensual. En el ejemplo, aparece la tabla por meses y el total anual.
- Plazo y forma de pago si sale a ingresar: “sin recargo, hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se notifique la resolución” usando el documento de pago adjunto.
Además, suele indicar la vía de recurso de alzada en 1 mes desde el día siguiente a la notificación, por medios telemáticos.
¿Necesitas ayuda con esto? ¡No dudes, escríbenos!
Pagar en BBVA (caja o cajero)
En el propio documento indica pago en efectivo en caja o cajero automático de la entidad financiera indicada (BBVA)
Transferencia bancaria (desde cualquier banco)
Se puede pagar por transferencia.
El propio boletín avisa de lo más importante:
si pagas por transferencia, en el CONCEPTO debes poner exclusivamente el número de referencia, completo, sin letras ni signos
OJO : el documento indica que en transferencias “se entiende realizado” cuando los fondos entran en la cuenta destino.
Pago con tarjeta (online en la Sede de la Seguridad Social)
El boletín también permite pagar por tarjeta de crédito o débito “a través de la página web de la Sede Electrónica”
Plazo para pagar sin recargo
La resolución indica que puedes ingresarlo sin recargo hasta el último día del mes siguiente al de la notificación.
¿Y si me viene mal pagarlo ahora?
Existe la posibilidad de pedir un aplazamiento/fraccionamiento de deudas con la Seguridad Social, pero no es automático: hay que solicitarlo y la TGSS lo concede o no según el caso (y normalmente lleva intereses, y en algunos importes pueden pedir garantías).
Siendo prácticos:
- Si puedes pagar dentro de plazo, es lo más limpio: evitas recargos y trámites. La carta advierte que si no ingresas en plazo, se inicia procedimiento recaudatorio con los recargos correspondientes.
- Si no puedes, la vía es solicitar aplazamiento/fraccionamiento cuanto antes (antes de que venza el plazo “sin recargo”), aportando tus datos y la deuda.
Que esto te sirva para 2026: cómo estimar rendimientos netos (aunque sea complicado) y ajustar la cuota.
1) Trabaja por trimestres, no por año
En vez de hacer un cálculo anual rígido en enero, haz una previsión por trimestre:
- Estimación Q1, ajustas al cerrar Q1
- Estimación Q2, ajustas al cerrar Q2, etc.
Esto reduce muchísimo el error porque te basas en datos reales.
2) Estima tu neto con una plantilla simple
- Ingresos previstos del trimestre
- menos gastos fijos del trimestre (gestoría, seguros, herramientas, alquiler, cuotas…)
- menos gastos variables previstos (publicidad, comisiones, gasolina, subcontratas, materiales…)
Con esa aproximación, eliges el tramo/base más coherente.
3) Señales claras para cambiar tu base en 2026
Revisa y ajusta si pasa cualquiera de estas:
- Llevas 2–3 meses por encima o por debajo de lo previsto (y no es algo puntual)
- Entra o se cae un cliente grande.
- Cambian tus costes estructurales (por ejemplo, más herramientas, local, personal).

